El proceso

¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Hablar de dinero cuando tienes deudas es incómodo. Por eso conviene hacerlo claro y por escrito.

Actualizado el Revisión jurídica: abogados colegiados de Respira Legal3 min de lectura

En resumen

El coste de la Ley de Segunda Oportunidad depende sobre todo de los honorarios del abogado y de la complejidad del caso: número de acreedores, si hay bienes, vivienda o actividad empresarial. Según el caso pueden existir otros gastos del procedimiento. En Respira Legal trabajamos con honorarios fraccionados desde 100 €/mes, según el presupuesto de tu caso, y un precio total cerrado por escrito que conoces antes de firmar nada.

De qué depende el precio

  • Número de acreedores y tipos de deuda.
  • Bienes: no es lo mismo un caso sin bienes que uno con vivienda, vehículos o un negocio.
  • La vía elegida: liquidación o plan de pagos.
  • Oposición de acreedores o incidencias en el juzgado.
  • Si se acoge una persona o una pareja de forma conjunta.

Qué gastos puede haber además de los honorarios

  • Representación por procurador, cuando sea necesaria.
  • Administración concursal, si el juzgado la nombra.
  • Certificados, notas simples y otra documentación.

Un buen presupuesto te dice desde el principio cuáles de estos gastos aplican a tu caso.

¿Quieres saber si tu caso encaja? Responde 3 preguntas (2 minutos) y un abogado colegiado lo estudia.

Cómo detectar un presupuesto engañoso

  • Un precio “desde” que no se concreta hasta después de firmar.
  • Cobros por cada fase que nadie te había explicado.
  • Promesas de resultado (“te lo garantizamos”) o plazos imposibles.
  • No saber qué abogado colegiado llevará tu caso.
  • Presión para firmar en la primera llamada.

Preguntas frecuentes

Porque depende de cada caso. Te damos una referencia, honorarios fraccionados desde 100 €/mes, y, tras estudiar tu situación, el precio total cerrado por escrito en la hoja de encargo.

Sí. Trabajamos con honorarios fraccionados desde 100 €/mes, según el presupuesto de tu caso.

Por eso hacemos el estudio previo: solo recomendamos iniciar el procedimiento cuando creemos que encaja. Te explicamos los riesgos de tu caso antes de firmar.

Fuentes

  1. Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), Libro I, Título XI: exoneración del pasivo insatisfecho, arts. 486 a 502

Esta guía es información general sobre la legislación vigente a fecha de 14 de octubre de 2026. No sustituye el estudio de tu caso concreto por un abogado. Si detectas un error, escríbenos a [email protected].

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